eltiempo.com · Feb 18, 2026 · Collected from GDELT
Published: 20260218T060000Z
OpiniónEs más serio derogar esa ley que nada garantiza y más bien aplicar las normas vigentes del Código Penal.ABOGADO Y COLUMNISTA17.02.2026 22:01 Actualizado: 17.02.2026 22:01 Dos de las tantas ficciones o mentiras –aceptadas– en las que está basado nuestro sistema político son la restricción de la contratación directa en periodo electoral y la prohibición a los servidores del Estado de intervenir en la política partidista.La primera, conocida como “ley de garantías” que, aun cuando existía de tiempo atrás, se perfeccionó con la Ley 996 de 2005, expedida para ‘amortiguar’ el golpe por la aprobación del acto legislativo que, contrariando el espíritu de la Constitución del 91 sobre prohibición de reelección en los altos cargos del Estado, permitió de manera inmediata la del presidente en ejercicio Álvaro Uribe Vélez, sin que la Corte Constitucional de entonces, con la notable excepción de los magistrados Álvaro Araújo, Alfredo Beltrán y Jaime Córdoba, considerara que esa reforma significaba una “sustitución” de la Constitución.Causaría cierta hilaridad si se repitieran los nombres de los parlamentarios que entonces impulsaron con vehemencia esa reforma que significaba, hay que decirlo, la reelección de un presidente claramente de derecha, y que ahora fungen de adalides de la izquierda. Basta mencionar el inteligente, mediático y meditativo ministro del Interior, Armando Benedetti, y al dúctil, habilísimo, huidizo, inteligente, disciplinado y escurridizo senador Barreras, hoy, según dice, seriamente preocupado por que la “derecha”, en la que militó, vuelva a gobernar.Entonces, para garantizar la transparencia e imparcialidad, se prohibieron los nombramientos y la celebración de contratos de manera directa. Los más relevantes son los de prestación de servicios, que claramente sirven para mantener caudas electorales y, además, para ‘amarrar’ a servidores estatales.El presidente Petro, con razón, comenzando el gobierno, anunció que –como debe hacerse algún día– terminaría las contrataciones y formalizaría la administración. Pronto abandonó la “santa” idea posiblemente cuando advirtió que era una forma de mantener una clientela cautiva como lo hacían anteriores gobiernos.¿Alguien cree que el presidente Petro y muchos de sus antecesores no intervienen cuando en el Palacio de Nariño reciben candidatos, dan instrucciones y hasta “autorizan” aspirantes?Como lo registraron los medios, en los últimos días antes de que comenzara a regir la “veda” de la contratación, la Contraloría General dio el dato de más de 14 billones de pesos en contratos a dedo. Es la prueba reina de la farsa que significa esta supuesta ley de garantías, con todo el desbarajuste administrativo que eso implica; en días se contrata lo que podría hacerse durante un semestre, a la carrera y con una que otra falsedad. Es más serio derogar esa ley que nada garantiza y más bien aplicar las normas vigentes del Código Penal. Procuraduría, Fiscalía y Contraloría podrían lucirse desbaratando entuertos.Lo mismo pasa con la prohibición de intervenir en política. Otra farsa. ¿Cuántos gobernadores, alcaldes o altos funcionarios no tienen parientes cercanos aspirando a cargos de elección popular? ¿Seremos todos tan cándidos en pensar que no utilizan los instrumentos de la burocracia para mantener los “lazos familiares”? ¿Alguien cree que el presidente Petro y muchos de sus antecesores no intervienen cuando en el Palacio de Nariño reciben candidatos, dan instrucciones y hasta “autorizan” aspirantes a participar en determinadas consultas?Curiosamente la ley que se expidió cuando se aprobó la reelección inmediata estableció que presidente y vicepresidente podían realizar estas acciones, pero cuando estaban de candidatos ellos mismos, lo que no sucede ahora. Nadie va a ser tan ingenuo de creer que al Presidente lo va a investigar por eso la ‘temible’ Comisión de Acusación. Ni al actual Presidente ni a los anteriores. Aquí también lo mejor es levantar el telón y permitir claramente la intervención en política a la luz del día con las limitaciones propias del Código Penal, por ejemplo, por abuso de poder, prevaricato o peculado. ¿Para qué seguir con este engaño tolerado?Presidenta en la Academia de JurisprudenciaPor primera vez en sus 132 años de existencia, llega a la presidencia de la Academia Colombiana de Jurisprudencia una mujer. Se trata de la gran jurista del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario Lucy Cruz de Quiñones, experta en derecho tributario y filosofía del derecho, académica de lujo y forjadora de varias generaciones de abogados. Otras tres mujeres con amplia trayectoria completaron la mesa directiva: Sandra Morelli, Claudia Dangond y Ruth Yamile Salcedo. Sigue toda la información de Opinión en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal. 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